El 14 de julio, la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante la resolución 178/2022, exhortó a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) a elegir al Defensor del Pueblo. Dispuso que si en 70 no se logra concertar una votación de dos tercios, la designación podrá ser hecha por el Presidente del Estado.
Para la oposición esta medida es un golpe del MAS al Legislativo, que busca evadir los dos tercios necesarios para los nombramientos importantes y que el partido azul perdió en las últimas elecciones. Desde el oficialismo se afirma que no se debe amplificar el tema y que la ALP no perderá su rol constitucional.
“Lo que tenemos es una situación aún más precaria de la pluralidad del país, un reforzamiento del autoritarismo, del despotismo y de una tendencia que tiene que ver con otras medidas adicionales a éstas”, manifestó la senadora de CC Cecilia Requena.
“No hay que magnificar este tema. La elección del Defensor del Pueblo es tuición plena de la ALP (..) esperamos que la oposición ya tome conciencia y de una vez ayuden a elegir al Defensor del Pueblo y a no tener estos inconvenientes”, afirmó el presidente de Diputados (MAS), Freddy Mamani.
Los dos tercios y la resolución
La ALP está compuesta por dos cámaras: la de Diputados, con 130 miembros, y la de Senadores, con 36. Esta entidad es la única que puede aprobar y sancionar leyes para toda Bolivia. Sus miembros son elegidos por voto universal, directo y secreto en las elecciones nacionales.
Entre sus labores está la elección, por dos tercios de votos, de seis de los siete vocales del Órgano Electoral. Está encargada de preseleccionar a las y los candidatos para los tribunales Constitucional Plurinacional, Supremo de Justicia, Agroambiental y el Consejo de la Magistratura.
En reunión de ambas cámaras se designa al Fiscal General del Estado, al Contralor y al Defensor del Pueblo por dos tercios de los votos de los 166 legisladores, es decir 107.
“Los dos tercios son un mandato constitucional. Tiene como objetivo garantizar la democracia de consenso. Es decir que el sistema de partidos políticos, para tomar decisiones importantes en el país, debe usar el mecanismo de los dos tercios para efectivizar la toma democrática de decisiones”, explicó el constitucionalista Israel Quino.
Aunque para el MAS la actual conformación del Legislativo es más favorable que la que se perfilaba en las elecciones fallidas de 2019, la fuerza oficialista ya no cuenta con los dos tercios como en mandatos pasados, cuando los nombramientos importantes se hacía por medio del rodillo azul.
Que ninguna de las dos fuerzas tenga este poder apuntaba a una nueva gestión legislativa, obligada a buscar consensos. En medio de tires y aflojes, la elección del Defensor o Defensora del Pueblo parecía ser una de las tareas que marcaría este rumbo.
Sin embargo, el 18 de marzo de este año, la ALP aprobó una moción de aplazamiento en la designación. Esta se dio tras cuatro votaciones para elegir a uno de los siete postulantes, por dos tercios de voto, en las que el MAS y las opositoras CC y Creemos no lograron un acuerdo.
Por la falta de designación, la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia, paralela y afín al MAS, interpuso una demanda de acción de cumplimiento. El fallo se dio a través de la resolución 178/2022.
“Lo que ha hecho esta sentencia es impedir la búsqueda de consenso, entre la oposición y el oficialismo, para tomar decisiones que necesitan ser concertadas, porque tienen que ver con autoridades de control que no pueden ser serviles al gobierno de turno. Este fallo puso en grave cuestionamiento los dos tercios que dicta la Constitución”, dijo Requena.
El diputado de CC Gustavo Aliaga señaló que aunque el MAS ganó las elecciones con el 55%, no le alcanza para realizar, en su beneficio, los nombramientos importantes y es por eso que busca eliminar los dos tercios.
“Al MAS no le interesa ni quiere depender de la oposición. Debemos reconocer que, en el caso del Defensor del Pueblo, aceptaron modificar el reglamento y le dijeron a la actual defensora que no podía participar. Pero luego volvieron a su manejo arbitrario y trataron de imponer a su candidato”, manifestó.
Quino asevera que no existirá un fallo, de una Sala Constitucional, que habilite una atribución extraconstitucional o que faculte al Presidente a designar al Defensor o Defensora del Pueblo.
“Esa es una incongruencia constitucional. No puede existir un fallo de este tipo, más aún en primera instancia. Esto es incurrir en las denominadas normas constitucionales inconstitucionales. No hay posibilidades. La designación por medio de la ALP es la única forma”, explicó.
Añadió que si en algo hay que ser incisivos y críticos con la oposición, es en que se puede ser oposición a partir de los disensos sin adoptar una posición solo antimasista. Dijo que no es permisible que a título de ejercicio de derechos políticos de representación, se trabe y empantane la elección del Defensor, generando una desinstitucionalización.
“Lo que corresponde es optimizar los mecanismos para hallar consensos, no importa si es en el primero de los postulantes o en el séptimo. Si no hay consenso en el primero, se debe encontrarlo en el segundo o en el tercero. Lo que no puede pasar es que un partido que tiene la mayoría, pero no los dos tercios, quiera imponer. Pero tampoco puede ser que la minoría que no tiene los dos tercios ni la mayoría genere desinstitucionalización”, sostuvo.
Ya hubo ataque a los dos tercios
El 27 de octubre de 2020, en la última sesión de la Cámara Alta de la ALP, los senadores del MAS modificaron el reglamento interno. Para sustituir la aprobación por dos tercios, en diferentes temas, se eliminó 11 artículos y se estableció el uso de la “mayoría absoluta” para la toma de decisiones.
La polémica medida buscaba, a decir de los legisladores, reajustar las condiciones de gobernabilidad para el MAS, que pese a tener la mayoría, perdió los dos tercios con los que gobernaba
“En la última sesión de la anterior Asamblea se modificaron 11 artículos del reglamento interno y con eso se sorteó el tema de los dos tercios”, reiteró Aliaga.
Esa misma modificación necesitaba los dos tercios para su aprobación, por eso los asambleístas del MAS la hicieron antes de dejar sus curules.
“Eso fue un golpe bajo para los parlamentarios que llegamos con la nueva gestión, porque ya no teníamos la posibilidad de los dos tercios para buscar consensos. El MAS ya sabía que no tenían los dos tercios y que el 55% ganado en las urnas no le daban la posibilidad de controlar ninguna de las dos cámaras. Por eso buscaron formas de quitar los dos tercios”, añadió.
Entre las materias que ya no requieren dos tercios están: remitir impugnaciones contra senadores ante el Órgano Electoral (artículo 12), creación de comisiones especiales (artículo 53), la modificación del orden del día (artículo 81), las sesiones permanentes por materia, por tiempo o por tiempo y materia (artículo 94), el eximir a una propuesta de su cumplimiento del trámite normal (artículo 107), el cierre de debate (artículo 109), el orden del día (artículo 111), la condecoración del “Cóndor de los Andes” (artículo 167), los ascensos a grados máximos de las Fuerzas Armadas y Policía Boliviana (artículo 168) y los nombramientos de embajadores propuestos por el Ejecutivo (artículo 169).
Los dos últimos fueron los temas que causaron mayor susceptibilidad entre la oposición.
“Los dos tercios fueron eliminados tanto de los diputados como en senadores una noche antes a que tomemos posesión de nuestros curules. El Senado, encabezado por Eva Copa, llamó a esa sesión entre gallos y media noche”, acotó Requena.
22 DISPOSICIONES
constitucionales que son parte de la CPE resguardan los dos tercios y el consenso.
70 DÍAS
es el plazo que dio la resolución 178/2022 para que la ALP elija a un postulante.
Economía y territorio, otras labores
Además de los nombramientos de autoridades, la ALP tiene la labor de tratar y aprobar las leyes en materia de presupuestos, endeudamiento y fiscalización. En sus manos también está la aprobación del Presupuesto General del Estado y el plan de desarrollo económico y social, presentado por el Ejecutivo.
Decide sobre las medidas económicas estatales y aprueba la contratación de empréstitos que comprometan las rentas generales del Estado. Establece el sistema monetario y fiscaliza a las empresas estatales y mixtas.
Aprueba la creación de nuevas unidades territoriales y establece límites. Los legisladores son los encargados de revisar, fiscalizar y aprobar los contratos de interés público referidos a recursos naturales y áreas estratégicas.
Los senadores pueden reconocer honores públicos a quienes lo merezcan por brindar servicios eminentes.
Ambas cámaras se reúnen para recibir el juramento de los o las presidente y vicepresidente del país. Son quienes admiten o niegan la renuncia de dichos mandatarios.
Consideran las leyes vetadas por el Órgano Ejecutivo al igual que los proyectos de ley que -aprobados en la Cámara de origen- no fueran aprobados en la Cámara revisora. De forma conjunta aprueban los estados de excepción si el caso correspondiera.
Un desequilibrio en la directiva
Entre el 10 y el 15 de noviembre, la ALP elegirá las directivas de Senadores y Diputados. El año pasado, la elección en la Cámara Baja fue origen de un conflicto que acabó en el desequilibro en el mando a favor del partido oficialista.
De acuerdo al reglamento, la directiva camaral debe estar conformada por oficialismo y oposición. Los cargos de presidente y primer vicepresidente recaen en el oficialismo, mientras que los de segundo y tercer vicepresidente son para la oposición. Ahí se hace el equilibrio.
“Esta es la muestra de la intransigencia del MAS para tener el control absoluto. El presidente de Diputados, Freddy Mamani, haciendo abuso de su poder decidió colocar a un disidente de CC como segundo vicepresidente, con apoyo y votos del MAS. Su estrategia era que al no tener los dos tercios, sumar a los disidentes con cargos, pero no le funcionó porque solo fueron dos y no lograron los dos tercios”, dijo el diputado (CC) Gustavo Aliaga.
El legislador afirmó que la oposición perdió un cargo, ya que este recayó en un disidente del parido. Lo que, afirmó, inclinó la balanza a favor del oficialismo.
Recordó que de forma contradictoria, el MAS pidió la expulsión y el curul de uno de su disidentes, peSro que en el caso de la oposición lo usa para maniobrar.
“El barullo de la oposición es sólo una queja vacía”
Róger Cortez, Analista político
Siento que el barullo que hace la oposición, objetando la absurda e inconstitucional decisión del Poder Judicial en La Paz, diciendo que se trata de un golpe al Legislativo, es una queja vacía.
Están descubriendo un golpe, cuando olvidan y hasta ahora no han hecho nada para corregir el verdadero y profundo golpe que sufrió el orden constitucional, con la Sentencia 084/2017 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
“El barullo de la oposición es sólo una queja vacía”
Esa sentencia autohabilita al TCP para decidir lo que quiera, sin límite ni restricción alguna y por encima de la Constitución Política del Estado (CPE), a título de interpretarla. Pero lo que hace en realidad es reformarla y -entre comillas- corregirla.
Esa sentencia no ha sido anulada, aunque la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dejado claro que no tiene fundamento. Lo ha hecho refiriéndose a un supuesto derecho humano de los gobernantes a presentarse en las elecciones indefinidamente.
Pero ese no es el punto importante. Lo importante está en como el TCP, que debe cuidar y ser guardián de la CPE, se colocó por encima de ella.
Anuló varios artículos y para ello no utilizó el procedimiento en reforma indispensable, que es un referéndum popular. En lugar de eso, y aquí está el fondo del golpe al que me refiero, anuló dos, el que aprobó la CPE en 2009 y el que niega que sea reformada.
Los anuló, lo que significa también anular el artículo 7 de la CPE, que afirma que la voluntad soberana del pueblo es inalienable e indescriptible. Esos tribunos y los actuales tienen que ser juzgados por prevaricato.
La Asamblea no ha dicho esta boca es mía, entonces con esta actitud inconsecuente con la CPE, su reclamo frente al nuevo atropello de la Sala 4° de La Paz es un llanto hipócrita.
¿Por qué no impugnan ellos al TCP? porque por sus propias razones, distintas a las del MAS, ellos no se sienten identificados con la CPE, como lo juraron al momento de asumir sus curules. Esto es algo que parece apartarse del tema, pero ahí esta la madre del cordero,
Esta sentencia, que le da poder a Luis Arce, completamente loca y tan absurda que hasta la exdefensora del Pueblo dijo que no tiene valor, debería ir al TCP.
Pero el TCP, como mantiene aquella sentencia anormal, va ha responder que está bien. Porque la CPE va a decir ahora, y lo hace desde 2017, lo que ellos digan y no hay freno. A menos que se los eche y enjuicie por prevaricato.
El papel de la oposición es que el pueblo se entere. Ninguna de las bancadas de la oposición utiliza esa capacidad de mostrar porque estamos en medio de un quiebre constitucional, que sí es un golpe.
Fuente: Página Siete