La decisión fue anunciada este sábado por la presidenta Jeanine Añez. A continuación, te presentamos en detalle, todas las medidas dictadas por el Decreto Supremo 4199.
Tras realizar una reunión con el gabinete ministerial en el marco de la emergencia sanitaria que implica la pandemia del COVID-19, La presidenta Jeanine Añez anunció cuarentena total y obligatoria a nivel nacional con el objetivo de evitar la propagación del coronavirus que actualmente suma un total de 19 casos confirmados en Bolivia.
“En este momento de corazón les pido dos cosas a todas las familias bolivianas. La primera es que no salgan de sus casas, se los pido como madre y presidenta. La segunda es que mantengan la calma porque nuestro primer enemigo es el virus, pero el segundo es el pánico”, manifestó la mandataria.
A continuación, les presentamos una por una, las principales medidas dispuestas por el Gobierno dictadas en el Decreto Supremo 4199:
- Aislamiento obligatorio
Todos los habitantes del territorio nacional deberán permanecer las 24 horas del día en sus domicilios o residencia en la que se encuentren a partir de las 00:00 horas del domingo y hasta finalizar la cuarentena. Esto quiere decir que no podrán concurrir a sus lugares de trabajo, a ningún otro domicilio y no podrán desplazarse por las vías y espacios públicos.
- Suspensión de actividades
Queda totalmente prohibido realizar todo tipo de actividades tanto públicas como privadas. Es decir, no pueden realizarse eventos sociales, privados, culturales, deportivos, religiosos, ni de ninguna otra índole que impliquen la concurrencia de personas. Esto incluye el cierre de locales como centros comerciales, restaurantes, tiendas, etc.
- Quienes pueden atender al púbico:
Los centros de abastecimiento atenderán al público todas las mañanas hasta las 12:00 horas. Esto incluye mercados, supermercados, pulperías y todos aquellos que vendan artículos de primera necesidad. También atenderán en horario normal, centros de salud tanto públicos y privados, farmacias y entidades bancarias. Las empresas que prestan servicios de abastecimiento de gasolina, gas, diésel y otros carburantes, también atenderán de forma ininterrumpidas.
- Se prohíbe el tránsito vehicular:
Queda prohibida la circulación de vehículos motorizados públicos y privados que no cuenten con la autorización correspondiente.
Únicamente pueden circular medios de transporte que:
- Tengan los permisos para trasladar personal de salud, Policía Boliviana, Fuerzas Armadas, Medios de comunicación y aquellos que trabajen en empresas que elaboren y distribuyan artículos de primera necesidad, farmacéuticos y que brindan atención y cuidado a la población vulnerable.
- Atiendan emergencias que se puedan presentar, previa autorización de la entidad competente.
- Quienes pueden circular por la vía pública
- Solo podrán circular de forma mínima e indispensable, una persona por familia en el horario de la mañana de 07:00am a 12:00pm a fin de abastecerse de productos e insumos necesarios en comercios cercanos a su domicilio. Esto solo comprende la circulación peatonal.
- Se permite la circulación, en el horario de 06:00 a.m. a 13:00 p.m. personas que trabajan en tiendas de barrio, mercados, supermercados y centros de abastecimiento de artículos de primera necesidad.
- Controles en la vía pública
La Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas realizarán controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos. Además de accesos fronterizos y demás lugares estratégicos, para garantizar el cumplimiento del “aislamiento total y obligatorio”.
- Como serán las sanciones
Las personas que infrinjan las normas de aislamiento dispuestas por el Decreto Supremo 4199, serán arrestadas durante 8 horas y además deberán pagar una multa pecuniaria por el monto de Bs 500. También se sancionarán y denunciarán penalmente a Las personas que generen desinformación o incertidumbre a la población.
- Servicios Básicos:
El presente decreto también prohíbe la suspensión o corte de servicios básicos como luz, agua, gas e internet. Además, las tarifas de las dos primeras (luz y agua) serán rebajadas.
- Medidas económicas:
En los siguientes días el Gobierno Nacional dará a conocer las medidas económicas con mayor detalle. Sin embargo, el de acuerdo a lo que dicta el Decreto Supremo:
- Se ampliará el alcance del Bono Familia establecido el 18 de marzo de 2020, al Nivel de Educación Inicial en Familia Comunitaria de las Unidades Educativas Fiscales y de Convenio del Subsistema de Educación Regular.
- Se establecerán medidas de ayuda a Pymes aliviando el pago de crédito y de impuestos