Después de tres horas de reiniciada la sesión, leídas las modificaciones y realizado el debate, el oficialismo se impuso.
A las 21:40 de este jueves, la Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó, por mayoría absoluta, la modificación al Reglamento de preselección de candidatos judiciales, luego de que se presentara la moción de suficiente discusión.
Pese a las observaciones de la oposición sobre modificaciones e incorporaciones, que hacían de este reglamento “un traje a medida” para la elección magistrados, como señaló el diputado Carlos Alarcón, la norma finalmente fue aprobada.
El legislador observó que, al haberse presentado tan solo seis candidatos -a una elección para más de 50 cargos- el amparo constitucional presentado y admitido, con el que se suspendió el proceso de preselección, fue una forma para “ganar tiempo”, que el oficialismo encontró.
“El primer objetivo, obviamente, ha sido ganar un nuevo plazo para tratar, nuevamente, de lograr tener sus postulantes afines, sus candidatos a jueces; para que siga el servilismo político del sistema de Justicia a favor del Gobierno y del MAS”, manifestó en su exposición Alarcón.
“Ese es el objetivo y, para eso, el primer plazo ha sido un ‘tongo’ de exploración, donde han logrado identificar cuáles eran las debilidades, las vulnerabilidades de sus candidatos proyectados. Y, de acuerdo con eso, han ido arreglando y ajustando (en) la comisión mixta y, ahora, en este pleno, los requisitos para que se acomode el traje a medida”, agregó
Observaciones
Los parlamentarios Alarcón, Wálter Villagra y Silvia Salame cuestionaron que se hubieran hecho cambios que no estaban relacionados con la acción de amparo constitucional resuelta en la Sala Constitucional en Trinidad.
Una de las más cuestionadas es la relacionada con la filiación política que, en la anterior propuesta marca ocho años anteriores, mientras que en la que se aprobó, no indica fecha; por lo que el candidato podría renunciar horas antes de postularse y hacerlo sin inconvenientes, como manifestaron algunos parlamentarios.
Alarcón criticó que se hubiera suprimido la presentación del certificado original de no haber sido sancionados por faltas graves o gravísimas en el ejercicio de su profesión emitido por las instancias disciplinarias de las instituciones donde han desempeñado su trabajo en los últimos años; adujo que se busca: “Blanquear su historial prontuario de faltas disciplinarias”. Esto porque el documento que deben presentar es una declaración jurada y voluntaria. El diputado expuso que nadie declarará no tener integridad personal o moral.
Entre los requisitos académicos, Salame cuestionó que no se exija una formación académica acorde a los puestos, que se solo se pidan como requisitos “cursos”.
“Para que usted pueda demostrar que tiene una formación académica, tiene que presentar un título que tenga horas académicas. Nosotros sabemos cómo actualmente se obtienen, hasta por internet. Hay una previsión en el reglamento, que dice: ‘haber hecho cursos’. ¡Por favor, hay cursos de un día! ¿Quiere decir que esa persona, que ha hecho un curso de un día, está habilitada para poder ejercer la Magistratura? ¡De ninguna manera señor presidente! Lo mínimo que debería pedirse es un nivel de maestría o doctorado”, refutó la parlamentaria.
En esa línea, Alarcón observó que se suprime el requisito de elaboración de una resolución judicial y de una sentencia y que hubieran cambiado esas producciones por “el criterio para resolver un caso concreto”.
“Los estudiantes de Derecho son los que dan muchos criterios para resolver casos hipotéticos; pero, lo mínimo que le puedes pedir a un abogado que quiere ser juez del Tribunal Constitucional o de la Suprema (Corte) es que pueda proyectar una resolución, una sentencia judicial porque, obviamente, eso demuestra de mejor manera su actitud y capacidad profesional. Sin ninguna razón o sentido lo ‘vuelan’ este requisito y le facilitan (la participación) a los candidatos mediocres, menos capaces profesionalmente”, sostuvo.
Salame hizo hincapié en una de las causas de inhabilitación: “no haber participado estar involucrado en la conformación de gobiernos dictatoriales militares o de facto”.
“¿Por qué incluye una palabra que no está establecida en la Constitución?, ni la ley 025, (que) en el artículo 19 habla de las causas de inhabilitación, pero en ningún momento habla de gobiernos de facto. Nosotros, por mandato del artículo 109 de la Constitución no podemos modificar, incluir, ni tampoco podemos hacer ninguna interpretación de lo que es una ley y peor aún de la Constitución”, criticó.
La parlamentaria observó que se permita la reelección y que se hubiera eliminado lo referido al parentesco con otra autoridad. A su juicio, este reglamento vulnera muchas normas, empezando por la Constitución Política del Estado.
Alarcón cuestionó que se cambiara el requisito común de no haber sido candidato a cargos electivos en los últimos 10 años, que era un requisito común para los cuatro órganos judiciales y que, ahora es un requisito específico de los tribunales Constitucional, Supremo y Agrario, pero no para el Consejo de la Magistratura.
El parlamentario advirtió que, de ahora en adelante, los amparos constitucionales se conviertan en una manera del oficialismo de hacer prevalecer su poder.
“Ya han encontrado una nueva técnica, con el ministro de Justicia, y con el Gobierno que son los ‘amparazos’, en lugar de los decretazos. Cuando sale el viceministro de Coordinación gubernamental y dice que jura y rejura, ante la Biblia y todos los mandamientos, que no va a aplicar el presidente un decretazo y una ley corta, ¡obviamente!, porque ya encontraron los amparazos. Este es el primer amparo, eso que les ha permitido hacer estos ‘trajes de confección a medida’ para los candidatos que ustedes quieren que sean los jueces”, cuestionó Alarcón.
Fuente: El Deber