Luego de varias semanas, el Gobierno Nacional prepara la reanudación de las actividades del sector de construcción. Para ello, difundió un conjunto de normas y medidas preventivas que deberán seguir los empleadores y trabajadores.
En el marco del Decreto Supremo 4229 que propone reactivar la economía boliviana de manera escalonada, el Gobierno Nacional dio a conocer una batería de normas y medidas aprobadas por los ministerios de Obras Públicas, Trabajo y Salud, que proponen la vuelta a las actividades del sector de la construcción a partir del 11 de mayo, independientemente de las condiciones del nivel de riesgo de cada departamento o municipio.
La nueva Resolución – aprobada el pasado 8 de mayo – es de carácter obligatoria para todas aquellas entidades y empresas dedicadas a la construcción y establece un reglamento que regula desde el desplazamiento de los trabajadores a las obras, hasta las horas de trabajo, así como las medidas de prevención de contagio de empleados y empleadores.
“El presente reglamento tiene por objeto establecer lineamientos para la aplicación de protocolos emitidos por personas naturales y/o empresas (…) del sector de la construcción, respecto a medidas de bioseguridad para la prevención del Covid-19”, indica el documento.
A continuación, les presentamos las principales normas dispuestas en la presente Resolución Multiministerial 01-20.
Normas de bioseguridad:
Desde el inicio de la jornada de trabajo hasta finalizar la misma, todos los empleados y empleadores deben respetar el distanciamiento social de mínimo un metro y medio de distancia, así como el uso permanente de barbijo y el lavado continuo de manos.
Los trabajadores deberán ser interrogados diariamente sobre la existencia de algún síntoma relacionado al Covid. También se les tomará la temperatura de manera regular y aquellos que presenten una temperatura superior a 38 grados, no podrán ingresar a la obra.
Además, todos los empleadores deberán proporcionar las condiciones de seguridad laboral a todos los trabajadores tales como:
- Dotación de barbijos, guantes, gafas, máscaras faciales, de acuerdo a la naturaleza de su trabajo.
- Limpieza y desinfección continua de las instalaciones
- Contar con un ambiente exclusivo para el aislamiento provisorio de casos sospechosos.
Medidas preventivas en espacios comunes
En los espacios comunes, los empleadores deben cumplir con las siguientes pautas:
- Colocar paneles informativos que señalen cuáles son los riesgos sanitarios del Covid-19
- Deben tener un espacio aparte designado para guardar la vestimenta propia de los trabajadores, es decir, no su ropa de trabajo.
- Los espacios comunes deben contar con material de bioseguridad como agua, jabón líquido, toallas, alcohol en gel, etc.
- El uso de comedores, cafeterías y vestuarios deberán ser por turnos para evitar aglomeraciones. Asimismo, se prohíbe comer frente a frente en estos espacios con el objetivo de respetar la distancia social.
Jornada Laboral
Tanto las entidades públicas como privadas, deberán adecuar sus horarios de trabajo de acuerdo a la determinación de nivel de riesgo (alto, medio, moderado) de cada región o departamento.
Protocolo de casos sospechosos
Todos los trabajadores deben tener el compromiso de que, en caso de presentar síntomas sospechosos de Covid-19, deben poner en conocimiento inmediato a su superior.
El siguiente paso será trasladar a la personas sospechosa a un espacio habilitado para aislamientos con el objetivo de evitar el contacto del trabajador con el resto del personal. Además, deberán dar aviso a las autoridades sanitarias del caso.
Si los síntomas se presentan fuera del horario laboral, la persona debe mantenerse en su vivienda, dar aviso a sus superiores y contactarse con las respectivas autoridades sanitarias.
Transporte
El Ministerio de Gobierno es el único ente encargado de emitir los permisos de circulación vehícular en todo el país.