Diferimiento alcanzará a todos los clientes y se volverá a pagar desde enero

El consejo de ministros aprobó este lunes el Decreto Supremo 4318, que reglamenta la ampliación de diferimiento de créditos hasta el 31 de diciembre y que beneficiará a todos los prestatarios sin ninguna excepción a partir de septiembre y hasta fin de año, de manera que se volverá a pagar los préstamos desde enero de 2021.

“Este decreto establece que el diferimiento y la ampliación de las cuotas correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre beneficiará al conjunto de los prestatarios sin excepciones”, señaló el ministro de Economía, Óscar Ortiz, al destacar que no se aplicarán intereses adicionales por el diferimiento.

Aclaró que en enero todos los deudores del sistema financiero deberán volver a pagar sus cuotas.

En cuanto a los pagos diferidos durante este año, los clientes tendrán distintas opciones de pago a futuro que deberán ser acordadas con las entidades financieras.

Entre las opciones se planteó prorratear las deudas o que cuando termine el periodo de crédito se aumentarán el número de meses necesarios correspondientes a los pagos diferidos este año.

“No habrá intereses adicionales por este diferimiento de créditos”, aseguró Ortiz.

El decreto establece que las entidades financieras tendrán dos años, a partir de la promulgación del decreto supremo, para realizar reprogramaciones de créditos con los clientes que tuvieron dificultades para cubrir sus obligaciones y que, de esta forma, cuenten con un nuevo plan de pagos.

Página Siete

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