Empleadores están obligados a dotar insumos de bioseguridad a trabajadoras del hogar

El Ministerio de Trabajo, a través de la Dirección General del Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, recordó a los empleadores de las trabajadoras del hogar que están obligados a dotar insumos o medidas de bioseguridad a sus dependientes para evitar un posible contagio del COVID-19.

“El empleador tiene la obligación de dotar las medidas de bioseguridad, destinadas a prevenir y evitar el contagio del COVID-19, precautelando la salud de las trabajadoras asalariadas del hogar que trabajen bajo dependencia, así como el entorno familiar donde desempeña sus labores”, cita un comunicado de la Dirección General del Trabajo.

Asimismo, se recordó que de conformidad a la Ley 2450, las trabajadoras del hogar, que cumplen sus funciones bajo dependencia, están sujetas no sólo al pago de salarios, sino también a la indemnización por años de servicio, desahucio en caso de despido injustificado, aguinaldo, vacaciones, sindicalización y otros derechos laborales.

Además, “habiéndose declarado emergencia sanitaria nacional y cuarentena en todo el país por el COVID-19, las trabajadoras asalariadas del hogar que trabajen bajo dependencia al igual que los servidores públicos, trabajadores y todo el personal que preste funciones, tienen derecho al pago de sus salarios, conforme lo determina la disposición adicional tercera del Decreto Supremo 4199”, remarca otro párrafo del documento.

Por tanto -de acuerdo a la Dirección General del Trabajo- toda empleada del hogar, que considere la vulneración de alguno de sus derechos, puede denunciar y acudir ante el Ministerio de Trabajo para ser atendida en el marco de las competencias de esa cartera de Estado.

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