Afirman que en otros países el sistema financiero actúa como agente de retención. El costo de Netflix puede subir de $us 7,99 a $us 9,02, según el Gobierno.
Expertos afirman que el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los servicios digitales se puede realizar a través de la retención en el sistema financiero del valor por tributar. El Gobierno admite que el costo será transferido al usuario final, pero el incremento no superará los dos dólares.
El viceministro de Política Tributaria, Jhonny Morales, explicó que el impuesto no se aplica a los usuarios, sino a las empresas extranjeras que prestan los servicios desde el exterior.
“No es por usuario. Ellos prestan un servicio y por el total de facturación que hagan deben pagar el IVA como cualquier empresa que vende servicios o bienes. Por el valor total pagarán cada mes el IVA”, precisó la autoridad en declaraciones a medios televisivos.
Añadió que el Gobierno ha comenzado a recabar información de las empresas que prestan servicios digitales, ya que se requiere contar con un padrón.
Según la autoridad por la naturaleza del IVA, el costo del tributo se traslada al usuario o consumidor final, pero aclaró que debido a que el mercado de los servicios digitales es competitivo, es posible que esto no se transfiera en un 100% al comprador final.
Morales explicó, con ejemplos, que el costo de Netflix a partir de la aplicación del 13% del IVA, si se traslada todo el costo al usuario, puede subir de 7,99 dólares a 9,02 dólares.
El servicio de YouTube Premium puede elevarse de 9,49 dólares a 10,72 dólares; de Spotify Premium de 5,99 dólares a 10,72 dólares y de la plataforma Zoom Premium de 14 dólares a 15,80 dólares. “La naturaleza del IVA y la teoría nos dicen que el costo se traslada al consumidor final, pero con el intercambio de experiencias con otros países se nos informa que por tratarse de un mercado competitivo es posible que el costo sea compartido entre las empresas y el consumidor”, subrayó Morales.
Hoy el mercado ofrece diferentes servicios no sólo de Netflix, sino HBO Plus, Disney Plus y otras plataformas que continúan apareciendo como oferta.
La autoridad manifestó que el IVA ya se cobra en otros países como Uruguay donde la alícuota es 22%, Argentina 21%, Chile 19%, Colombia 19%, Costa Rica 13%, Paraguay 10%. “En estos países pagan bimensualmente o en forma trimestral. En Bolivia se aplicará el 13% del IVA”, indicó.
No es necesario que las empresas extranjeras que ofrecen los servicios digitales tengan oficinas físicas en Bolivia.
El abogado tributarista Roberto Carlo Gil, del Estadio Jurídico Gómez y Asociados, explicó que los cálculos del posible incremento en el costo de los servicios digitales toman en cuenta el IVA nominal.
Aunque por lo general dijo que se aplica el IVA efectivo que se calcula a partir de una alícuota de 14,94%.
El experto sostuvo que el costo de este impuesto por su naturaleza de cascada se transfiere al consumidor final y será el sistema financiero el agente de retención cada vez que el usuario haga los pagos. “Las tarjetas de crédito Enlace y red Linkser son agentes informantes hace mucho tiempo y lo más lógico es que se conviertan en agentes informantes para esta modalidad del IVA y también de retención”, precisó.
Por ejemplo, PayPal funciona como cajero para cobrar y pagar en línea y cuando alguien compra un servicio digital, se debita en cuenta local en Bolivia y se acredita en el exterior.
El ciberactivista Mario Durán opinó que una de las dificultades que se presentarán es saber cómo se cobrará el impuesto, ya que esas empresas no tienen presencia física en Bolivia.
Sin embargo, dijo que en los países donde se aplica el IVA a estas firmas, lo que hacen es que el sistema bancario actúa como agente de información y retención. “Como la transacción es electrónica, debe ser vía sistema financiero y los bancos deben informar a la autoridad tributaria de todas las transacciones. El banco se va a convertir en agente de retención que descontará el IVA a las empresas”, apuntó.
De acuerdo con Durán, en Argentina las tarjetas de crédito ofician de agente de retención y en Uruguay se permite que paguen sus obligaciones en dólares desde el exterior y hacer anticipos trimestrales sin la necesidad de representante legal.
Fuente: Página Siete