La ASFI instruye a las entidades financieras realizar el “diferimiento automático de las cuotas”

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) instruyó a las entidades de intermediación financiera y a las empresas de arrendamiento financiero, realizar el “diferimiento automático de las cuotas” hasta diciembre 2020, pudiendo pagar los acreedores sus deudas a partir del primer día de enero de 2021.

La instrucción de la ASFI se da en aplicación de la Ley 720 de Diferimiento de Pago de Créditos y Reducción Temporal del Pago de Servicios Básicos.

“Se instruye a las entidades de intermediación financiera y a las empresas de arrendamiento financiero, realizar el diferimiento automático de las cuotas correspondientes al pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses y otros gravámenes, por los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020”, señala la circular de la ASFI, con fecha del 1 de septiembre.

La circular señala que los prestatarios que deseen continuar con el pago de sus créditos, pueden hacerlo, mediante los mecanismos habilitados por las entidades financieras.

La Ley 720 de Diferimiento de Pago de Créditos y Reducción Temporal del Pago de Servicios Básicos difiere o posterga el pago de intereses y capital hasta el 31 de diciembre del 2020 para que los prestatarios puedan pagar sus deudas a partir de enero próximo.

La ASFI explicó que las financieras deberán informar a sus clientes que los pagos de amortizaciones de crédito seguirán la cronología de los planes de pago originales, pero a partir del 1 de enero de 2021.

Abi

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