El presidente Luis Arce ponderó este miércoles la sanción que la Cámara de Senadores realizó de ley para la devolución de los aportes de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP’s) y recordó que esa restitución busca suavizar los efectos económicos del COVID-19 en la población.
“Saludamos que la Cámara de Senadores haya sancionado el Proyecto de Ley para la devolución parcial o total de aportes a las AFPs. Esta propuesta busca mitigar los efectos de la pandemia en la economía de quienes más lo necesitan. Cumplimos nuestra promesa #EstamosSaliendoAdelante” (sic), escribió en su cuenta de Twitter.
Este miércoles, el pleno de la Cámara Alta sancionó la propuesta de norma para la Devolución Parcial o Total de Aportes de las AFP’s, que tiene por objeto establecer de manera excepcional y por única vez la devolución de aportes de las cuentas personales previsionales del Sistema Integral de Pensiones para cubrir sus necesidades emergentes de la pandemia del COVID-19.
El proyecto de norma que contempla nueve artículos y una disposición final, señala en su artículo segundo, tres formas de acceder a ese beneficio: a) Devolución parcial de hasta el 15% de su saldo acumulado, para aquellos que tengan en su Cuenta Personal Previsional un monto menor o igual a Bs 100.000, independientemente de su edad.
b) Devolución parcial de hasta Bs 15.000 de su saldo acumulado para aquellos que tengan en su cuenta personal previsional un monto mayor a Bs 100.000, independientemente de su edad; y c) Devolución total del 100% de su saldo acumulado para aquellos que tengan en su cuenta personal previsional un monto menor o igual a Bs 10.000 y que cuenten con la edad de 50 o más años.
La devolución parcial o total de los aportes se hará en un solo desembolso previa solicitud de la o el asegurado ante la AFP en la cual se encuentre registrado.
Según el artículo seis de la norma, se excluye de la Devolución Parcial o Total de Aportes a las y los asegurados que hubieran accedido o se encuentran en curso de adquisición de una pensión de vejez, solidaria de vejez, invalidez, pago o beneficio del sistema integral de pensiones; se encuentren percibiendo una remuneración del sector público o privado y quienes hubieran efectuado aportes desde diciembre de 2019 como dependientes del sector público.
Fuente: ABI