El abogado constitucionalista Víctor Hugo Chávez afirmó este sábado que la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) inhabilita a Evo Morales para las elecciones de 2025, porque el razonamiento del fallo es que ya ejerció su derecho a ser candidato, presidente, dos veces reelecto y porque el mandato es que los Estados deben resguardar la democracia.
Sostuvo que el fallo confirma que la repostulación de Morales en las elecciones de 2019 fue totalmente contraria a la Constitución y a las normas internacionales, y los miembros del Tribunal Constitucional cometieron un invento al emitir el fallo 084/2017, declarando la reelección indefinida como un derecho humano.
Indicó que lo dicho por el ministro de Justicia Iván Lima en sentido que la reelección indefinida es un tema cerrado en el marco de la Ley 1266, confirma la inadecuada, ilegal y ahora inconstitucional postulación de Evo-2019 y, en consecuencia, queda “en la nada el supuesto golpe de Estado porque no habría afectado de ninguna manera a Evo Morales, debido a su postulación fue ilegal y no puede reclamar victoria alguna”.
Recordó que Lima en su condición de asesor de la Vicepresidencia junto a un equipo de “presuntos abogados”, fue uno de los más fanáticos de la repostulación como derecho humano y defendió esa teoría en todos los foros nacionales e internacionales, habidos y por haber, y ahora se encuentra en contradicciones.
“No concuerdo con Carlos Mesa de que hay que mirar para atrás en relación al fallo 084/2017, porque en el sentido pleno de la interpretación, Evo Morales gozó, disfrutó y hasta abusó de su derecho de ser postulante y en el marco del artículo 168 de la CPE, Evo Morales ya ha cumplido la labor de presidente y reelecto presidente, por tanto, no tiene derecho a una nueva postulación”, manifestó a Erbol.
En relación a los demás cargos electivos, como alcaldes y concejales municipales, gobernadores y asambleístas departamentales, manifestó que lo que tiene que hacer el Tribunal Constitucional es modular por sí mismo la sentencia 084/2017 dejándola sin efecto y reponiendo así sea desde la formalidad los artículos 168, 256 y los demás que fueron afectados por su Sentencia y esto determinará que Morales que ya no tiene posibilidades de presentarse para 2025.
Precisó que “por imperio del razonamiento de la Opinión Consultiva se tiene que evitar toda forma contraria a la democracia y Evo Morales ya tuvo el ejercicio del derecho, se excedió y ya no tendría derecho a postular hacia futuro”, remarcó.
Puntualizó que los fallos de la Corte-IDH no son determinaciones decorativas para tenerlos y exhibirlos como un adorno en una sala, sino que tienen efecto y el efecto es resguardar la democracia ante un expresidente que hace uso y abuso de la reelección.
Aseguró también que se cayó totalmente aquella intención de algún sector del MAS de retornar a Evo Morales al Palacio al ser víctima de un “golpe de Estado”, porque ya está confirmada que la repostulación y la supuesta victoria de 2019 son nulas debido a que no tenía derecho a ser candidato.
Fuente: Erbol