Mamani: El fallo de la Corte IDH no se refiere a Bolivia ni recomienda un proceso legal

Foto: Facebook (Cámara de Diputados)

El presidente de la Cámara de Diputados afirmó que el Tribunal Constitucional Plurinacional “debe dar su opinión sobre este documento”.

El presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, afirmó este lunes que la opinión consultiva sobre la reelección indefinida “no se refiere a Bolivia” y que “no recomienda ningún proceso legal”. Días después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) opinara que la reelección indefinida no puede ser considerada un derecho humano, la oposición solicitó procesos contra Evo Morales y aquellos que lo habilitaron para los comicios de 2019.

“Hay muchas versiones que se han generado para poder desinformar al pueblo boliviano. Tenemos que indicar y decir: Este fallo se trata de una opinión consultiva a pedido de un país que se llama Colombia, el año 2019. No se refiere a Bolivia ni recomienda ningún proceso legal”, sostuvo Mamani, en conferencia de prensa. 

“El Tribunal Constitucional (TCP) debe dar su opinión sobre este documento. Esperemos”.

Sin mencionar a la habilitación de Evo Morales para un posible cuarto mandado, Mamani afirmó que el Gobierno de Luis Arce aún no cumple ni el primer año de gestión, por lo que se debe “esperar” para discutir este tema. 

“En el caso de Bolivia tendría que darse una situación de tercer mandato para poder discutir esta opinión consultiva y esto es solo una posibilidad que podría darse recién después de 10 años. Estamos iniciando, ni siquiera cumplimos el primer año de nuestra gestión”, apuntó. 

“No comprendemos que en este momento hayan algunas fuerzas políticas se están lanzando alegremente de que ahora Evo Morales no tendría que ser candidato el 2025. Realmente en una desesperación total y querer desinformar al pueblo. (…) Este tema de la candidatura, de la reelección, no está en debate en este momento”, añadió. 

El 18 de octubre de 2019 Colombia pidió a la Corte IDH que emita una opinión consultiva sobre la reelección indefinida, dos días antes de las elecciones generales en Bolivia. Este viernes se hizo pública la resolución, en la que cinco de los siete jueces determinaron que la reelección indefinida no es un derecho humano y que su limitación “busca garantizar la democracia representativa”. 

El 28 noviembre de 2017, el TCP resolvió la “aplicación preferente” del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sobre artículos de la Constitución relacionados con la limitación de la reelección, y dio vía libre para que Evo Morales, entonces presidente,  pueda postularse como candidato en las elecciones de 2019. Esto, pese al referendo del 21 de febrero de 2016, en el que la mayoría dijo “No” a otra reelección del binomio.

Fuente: Página Siete Digital

Comentarios