Otros organismos y personalidades de la región coincidieron con este criterio en los alegatos planteados al alto tribunal interamericano. Una sentencia del TCP permitió la candidatura de Evo Morales en 2019.
No solo rechazó la posibilidad de reconocer a la reelección presidencial indefinida como un “derecho humano”, sino que recomendó aplicar límites formales a los gobernantes que opten por volver a candidatear desconociendo la Constitución y las leyes. De este modo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) alertó que la extensión de un mandato presidencial genera riesgos para la democracia, pues pueden provocar las condiciones para el “abuso de poder”, la manipulación de la justicia y la erosión de la institucionalidad de los países.
Esta opinión, desvelada esta semana, forma parte de un informe que los comisionados presentaron en julio de 2020 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Los siete jueces del tribunal debatieron hasta el viernes 25 de junio el contenido de la opinión consultiva sobre la existencia del “derecho humano” a ser reelegido presidente, todo esto en el marco de la Convención Americana, también conocida como el Pacto de San José, a la que está adscrita Bolivia junto con los restantes 33 Estados del hemisferio.
Por eso, luego de notificar a los países de la región, el tribunal divulgará, en las próximas horas, el contenido de esa decisión que establecerá jurisprudencia en todo el continente, según anticipó a EL DEBER el departamento de comunicación de la Corte IDH.
“La Comisión resalta que no existe un derecho a la reelección indefinida en el ámbito del sistema interamericano y, por el contrario, los periodos extensos del ejercicio de la presidencia ponen en riesgo el ejercicio de la democracia representativa”, señala el reporte escrito de la CIDH que, en la audiencia pública de septiembre de 2020, fue ratificado por su presidente, Joel Hernández.
En ese marco, la entidad también alertó que la reelección indefinida tiende a “generar una mayor concentración de poder y un riesgo de abuso del mismo, sin posibilidad de sistemas de vigilancia o pesos y contrapesos efectivo”, provocando una erosión de las instituciones democráticas “que puede llegar a afectar la autenticidad de las elecciones que abarcan tanto las condiciones generales en las que se desarrolla un proceso como fenómenos vinculados con el sistema legal e institucional que ejecuta las acciones del acto electoral”.
Ante este escenario, la Comisión señaló que “resultaría permisible e imperativa la restricción de las posibilidades de reelección presidencial indefinida con los objetivos de salvaguardar los valores intrínsecos a la democracia representativa y el respeto y garantía de los derechos humanos”.
“Se trata de un elemento que se estudia en la politología desde el siglo XIX para evitar que el caudillismo se apodere de los países, limitando las prerrogativas del Presidente y entre ellas el tiempo de su permanencia en el Gobierno. Y esto no es accesorio, pues se limita el poder y se da derecho al ciudadano; por eso, somos ciudadanos y no súbditos. Somos gente con derecho a tener derechos”, apuntó al respecto el politólogo Gonzalo Rojas del centro de posgrado de Ciencias del Desarrollo (Cides) de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA).
Junto con el informe de la CIDH, la Corte IDH recibió, a través del secretario general de la OEA, Luis Almagro, la evaluación del grupo de expertos de la Comisión de Venecia, que en 2018 ya había recomendado no considerar la reelección indefinida como un “derecho humano”, precisamente, por los riesgos que puede enfrentar la democracia.
A este criterio se sumó el que emitió el gobierno de Estados Unidos que destacó la validez “de las restricciones razonables a tales derechos (reelección indefinida)”, según lo contemplado en el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas. “Estados Unidos ha expresado constantemente su apoyo a los límites de mandato en las democracias representativas y continuará advirtiendo contra los intentos de los gobernantes políticos de erosionar tales restricciones para su propio beneficio político”, señaló el informe, también divulgado por la Corte IDH.
El expresidente Jorge Quiroga, quien se acreditó como Amicus Curiae (amigo de la corte) para aportar al proceso que analizó el máximo tribunal interamericano, destacó el aporte de la CIDH, pero consideró que este organismo pudo haber actuado antes “para evitar el viacrucis de 2019”, cuando Evo Morales buscó ser elegido para un cuarto mandato, pero por encima de la Constitución, que autoriza una sola reelección continua y la voluntad ciudadana del referéndum de 2016.
En todo caso, el dictamen de la Corte IDH será general y no será específico para ningún país. “Esto causa Estado y es de cumplimiento obligatorio para todos. Va a generar armonía hemisférica sobre el tema de la reelección”, remarcó Quiroga.
Señaló que ahora existen tres grupos de países con distintas posturas frente a este caso. El primero, según explicó el expresidente, está formado por “los que respetan los límites a la reelección como Argentina, Brasil y Chile”; el segundo que reúne “a los que ven que el continuismo es malo y están recortando los mandatos” como Colombia, Ecuador, Perú, que asumió las recomendaciones de la Comisión de Venecia y el tercero donde está Bolivia, Honduras y Nicaragua, las naciones “que instrumentalizaron la Convención Americana para violar sus constituciones”.
En el marco del proceso para la configuración de la opinión consultiva, Nicaragua fue el único país que presentó una observación reclamando la necesidad de no limitar los derechos ciudadanos a postularse sin restricciones para cargos públicos.
Procesos
Nicaragua habilitó la reelección indefinida en 2009 a través de un recurso resuelto por la Corte de Justicia en favor de Daniel Ortega. En el caso de Honduras, el ajuste se realizó en 2015 y favoreció a Juan Orlando Hernández.
A finales de 2017, el Tribunal Constitucional de Bolivia aprobó la sentencia 084/2017 que admitió a la reelección indefinida era un “derecho humano” y que la Convención Americana estaba por encima de la Constitución.
“Se han aventurado a interpretar la Convención y los derechos políticos establecidos en ese documento”, comentó el constitucionalista Marco Antonio Valdivieso.
El fallo constitucional boliviano de 2017 se conoció luego que 12 legisladores del MAS presentaron una acción de inconstitucionalidad abstracta en contra de los límites para la reelección presidencial. Dos meses más tarde, el ente judicial dictó su fallo y dijo que se debe aplicar de manera preferente el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, habilitando así a Evo Morales para otro mandato. El expresidente completó 14 años desde que llegó al poder en 2006.
El ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, llegó a reconocer que la reelección “fue un error” cometido por el MAS.
Fuente: El Deber