TCP prorroga su mandato y declara inconstitucional varios artículos de la Ley 144

La Sala Plenad el TCP.

Las autoridades no mencionaron al Consejo de la Magistratura ni al Tribunal Agroambiental.

Los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) hicieron conocer que prorrogarán su mandato hasta que la Asamblea preseleccione a candidatos a jueces y el Órgano Electoral lleve adelante los comicios judiciales.

El TCP “dispone la continuidad o prórroga de mandato de las actuales autoridades tanto del órgano judicial como del tribunal constitucional plurinacional entre tanto no sean elegidas y posesionadas las nuevas autoridades judiciales, producto de la preselección que es atribución de la Asamblea Legislativa Plurinacional”, comunicó este martes uno de los magistrados en rueda de prensa.

En sus primeras disposiciones los magistrados declararon constitucional un artículo y una disposición transitoria del proyecto de Ley 144 que fue aprobado en el Senado; y luego declararon como inconstitucionales varios artículos y disposiciones de esta propuesta legislativa.

El magistrado Yván Espada fue el encargado de leer la resolución del TCP y exhortó a la Asamblea a retomar la preselección con celeridad y designar nuevas autoridades judiciales. De ese modo los magistrados decidieron conservar sus cargos.

El TCP resolvió esta “consulta” que hizo el TSJ en 52 días hábiles pese a que el Código Procesal Constitucional, que es la norma que rige al TCP, señala que solo tenían 30 días para emitir su fallo, la Ley no refiere si son días hábiles o días calendario.

Los actuales magistrados juraron a sus cargos el 3 de enero de 2018 y según el artículo 183 de la Constitución Política del Estado (CPE) el mandato tiene una vigencia de seis años sin derecho a repostulación; sin embargo, ahora los magistrados consideraron que pueden permanecer en sus cargos.

“No se puede delegar a los funcionarios subalternos la transición a partir del 2 de enero de estas instancias máximas de administración de justicia, es decir, los funcionarios subalternos no tienen la atribución, quienes están revestidos de esas atribuciones y prerrogativas para desarrollar estas funciones son las actuales autoridades, tanto del Órgano Judicial como del Tribunal Constitucional Plurinacional”, justificó Espada en conferencia de prensa.

Documento aprobado por el TCP
Documento aprobado por el TCP

Fuente: El Deber

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