Hasta que no se resuelva este recurso, no se puede reinstalar el juicio oral contra la exmandataria dentro del denominado caso “golpe II”.
El Tribunal de Sentencia Primero Anticorrupción de La Paz rechazó “de forma unánime” el recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Jeanine Añez para declarar inconstitucionales dos tipos penales con los que se acusa a la exmandataria dentro del denominado caso “golpe de Estado II”. La resolución fue enviada al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para su análisis.
En concreto, la resolución 49/2022 del 9 de mayo establece que los miembros de tribunal rechazan promover la acción de inconstitucionalidad concreta en contra de los artículos 153 y 154 del Código Penal. Éstos se refieren a los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes.
“A partir de esa resolución y en la notificación con esa resolución, el tribunal remite estos antecedentes al Tribunal Constitucional Plurinacional donde la comisión de juicio en un plazo de 10 días va a ver si es que ingresa o no a esta acción de inconstitucionalidad concreta a efectos de evidenciar si se resuelve esto o no”, explicó Luis Guillén, abogado de Añez, a Erbol.
La exjefa de Estado se encuentra cumpliendo prisión preventiva desde marzo de 2021. El juicio oral por el caso “golpe II” inició a finales de marzo y entró en etapa de alegatos finales. Sin embargo, antes de presentarse los mismos, el tribunal determinó la semana pasada la suspensión de la audiencia hasta que la justicia no se pronuncie precisamente sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa.
Fuente: Página Siete