La Asamblea Legislativa Plurinacional debate en estos momentos el proyecto de Ley del régimen excepcional y Transitorio para la realización de elección de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales, que normará los comicios del 7 de marzo.
Según explicó Francisco Vargas, vocal del Tribunal Supremo Electoral, en uno de los artículos de esta norma se incluye la elección de alcaldes provisionales para los municipios que ya hayan aprobado su conversión a autonomías indígenas, pero que no cuenten aún con un estatuto en concordancia con la Constitución Política del Estado.
El numeral III de esta norma transitoria indica que en estos territorios las elecciones se regirán por la ley del régimen electoral vigente hasta que estas autonomías logren conformar su gobierno indígena por normas y procedimientos propios.
Esta situación ya se dio hace algunos años en el municipio de Charagua, que antes de convertirse en la primera autonomía indígena del país, eligió un alcalde provisorio que cesó funciones cuando se aprobó su estatuto y se eligió autoridades por las normas incluidas en ese instrumento.
Vargas explicó hoy en Influyentes de El Deber Radio que la necesidad de esta ley excepcional y transitoria se debe que estamos en camino a una elección atípica, que debió realizarse hace un año, por lo que muchos de los plazos ya se habían vencido.
Por ejemplo, la norma que se está tratando en la cámara de Diputados, se amplía el plazo para registrar alianzas y organizaciones indígenas hasta el 5 de diciembre. Además, se norma la composición de las asambleas legislativas departamentales de los cinco departamentos autónomos que aún no tienen estatutos vigentes (La Paz, Cochabamba, Potosí, Oruro y Chuquisaca).
Según Andrónico Rodríguez, presidente de la Cámara de Senadores, se pretende sancionar esta norma a más tardar el 3 de diciembre.
El Deber